4/6/08

Interioridades

Con más de 500 empleados, el Ayuntamiento es una de las mayores empresas de la ciudad. Habrá que decir mejor "centro laboral", porque siempre me he negado a comparar una administración pública con una empresa privada.

Pocas veces, las noticias sobre la plantilla en general, ocupan espacios informativos. Hubo bronca con la pasada valoración de los puestos, que tocaba el bolsillo y los equilibrios internos, en una estructura donde los niveles son muy tenidos en cuenta. Se arregló a medias y a otra cosa. También se echó en su espalda una de las causas de la penuria presupuestaria por el incremento de costes derivado de esa valoración. Ya pasó.

Sin embargo, la tarea de los empleados municipales es fundamental para la entidad... y para nosotros. Como sucede en todas las actividades y servicios, contar con un equipo motivado y eficaz es esencial. Hablar de motivación podría tener poco sentido en este caso, porque persiste la duda sobre la verdadera implicación personal de muchos trabajadores del Ayuntamiento con la institución o sus funciones. Hay excepciones y seguro que también hay razones.

Por lo pronto, baja el agua un tanto revuelta, según corresponde a esta primavera tormentosa. Justamente cuando los sindicatos exigen la cláusula de revisión salarial (es decir, acomodar los sueldos al IPC con carácter retroactivo, como es justo), aparece el dato de que existe un absentismo laboral en torno al 10 por ciento.

¿Casualidad? Muy raro pero ¡córcholis! no es una cifra despreciable, me parece. Imagino (y quizá fallo) que no estará muy distante de otros centros laborales similares. No es justificación pero lo cierto es que en raras oportunidades se difunde así, en crudo. Habrá que atender a las explicaciones que están buscando, porque de no hallarlas sería un tanto escandaloso.

Por mi parte, no suelo frecuentar las interioridades de las oficinas burocráticas municipales, pero no tengo queja hacia los trabajadores de los servicios municipales que utilizo. Es una simple constatación individual que no pretende rehabilitar la imagen, ahora más dañada, del funcionario (o laboral, o...).

Creo que también la capacidad de los directivos (concejales y alcalde) para incentivar -y no sólo con dinero- a los empleados es una cualidad que debería estimarse.

9 comentarios:

Anónimo dijo...
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Anónimo dijo...

En un ayuntamiento como el de Huesca, y en general, el de una capital de provincia dónde lo que se hace por parte de los máximos responsables de las distintas áreas de poder o concejalías es más política que gestión de la “res pública”, el funcionario nunca puede estar a gusto. ¿Acaso el ciudadano de a pié está contento con los políticos de su ayuntamiento, con sus decisiones?. Mucho menos lo estará el funcionario que trabaja y tiene que soportar sus órdenes, sus enfados, sus chistes, sus miserias personales y de partido…. las siete u ocho horas diarias del día laboral. Además, como mínimo cada cuatro años ve pasar por delante de su mesa a individuos que elegidos democráticamente deshacen lo que tanto costó acomodar al gusto del anterior cargo electo y sin más, de un plumazo modelan su “corralito” según sus propias ideas. Individuos que en la mayoría de las ocasiones aprenden su oficio sobre la marcha.

Guillermo dijo...

Tienes razón en mucho de lo que dices, aunque te haría alguna puntualización.

El grado de satisfacción del ciudadano con su gobernantes (a los que ha elegido) no se puede medir con los mismos parámetros, ni puede producir los mismos efectos, que el grado de satisfacción del funcionario con sus jefes. En este caso, existe una obligación laboral que, de acuerdo, es peor cuando el que manda es como es. ¿Se justifica así un absentismo del 10 por ciento? No creo. Tiene que hacer otros motivos.

Además, es evidente que se debería facilitar un ambiente de mayor satisfacción alegría, ilusión, reconocimiento, motivación como digo en la entrada... si las circunstancias fueran otras, pero en muchos trabajos sucede lo mismo sin que haya tantas dudas sobre productividad y eficiencia.

Quizá porque no están expuestos al público, es cierto. Quizá es común a las administraciones en general, es cierto.

Conste que estoy de acuerdo en que se podría hacer mejor "desde arriba". Por lo pronto, esa revisión salarial por IPC es imprescindible y una organización del personal adecuada al volumen de la entidad, que ya no es como en el siglo pasado.

Anónimo dijo...

En el ayuntamiento hay muchas clases de trabajadores, unos son policías, otros son barrenderos, fontaneros, albañiles...administrativos, tienen distintas relaciones laborales...funcionarios de carrera, interinos, contratados laborales...¿cómo se reparte ese 10 por ciento de absentismo, afecta a algún grupo en especial?. ¿cuál es el grado de absentismo normal?. ¿Desde cuándo se produce esta situación? ¿Coincide con alguna situación concreta?. Son muchas más las preguntas que se pueden hacer. Y sin respuestas a estas y otras preguntas es hablar por hablar y cargar las tintas contra el más débil, el trabajador.

Guillermo dijo...

El trabajador es el más débil en todas las empresas y me parece que, en efecto, ha habido una intención de cargar las tintas al difundir el dato de absentismo, "casualmente" coincidiendo con una reivindicación.

Sin embargo, es lógico que nos hagamos preguntas y es necesario que, al tiempo, reflexiones sobre la labor y el entorno de la labor de un colectivo tan numeroso e importante para la ciudad.

Esperemos respuestas para ese promedio (y pidamos responsabilidades si alguien ha medido mal) y sigamos hablando del tema que hace falta, me parece.

Anónimo dijo...

Respuestas:
http://www.radiohuesca.com/
Cartas al director: Gasto de 26.000 euros en un libro
Chabier Moreno Praderas

Me dirijo a Ustedes como empleado público del Ayuntamiento de Huesca, ya que estoy indignado al ver que el Ayuntamiento de Huesca se ha gastado 25.897 euros en un libro y la obra del montaje del mural con destino al Palacio de Congresos y Exposiciones de Huesca ha costado 180.000 euros, y a los empleados públicos se nos niega la paga de incremento de IPC pactada con la Corporación.

El pasado día 3 de Junio se registraron más de 350 firmas de trabajadores y trabajadoras exigiendo que se cumpla el pacto, y ahora leemos es página Web de Radio Huesca, que el Ayuntamiento realiza este tipo de gastos. A los empleados públicos se nos pide que seamos austeros es estos momentos debido a los problemas económicos que sufren las arcas municipales, ¡Qué tomadura de pelo! Austeridad para los trabajadores y despilfarro para caprichos del Sr. Alcalde.

Esta opinión es compartida por muchos trabajadores y por muchas trabajadoras del Ayuntamiento de Huesca.

No podía callar mi opinión al ver la noticia.

Guillermo dijo...

La reivindicación de la cláusula de "atrasos" por incremento del IPC me parece justa (pensando en que muchos empleados de empresas privadas no contamos con ella, dicho sea de paso).

El gasto en ese libro es un capricho innecesario y escandaloso.

El contraste entre ambas cuestiones es evidente.

Ya que lo uno no tiene remedio desgraciadamente, al menos que arreglen lo otro.

Lo que no tengo tan claro es si debe ser un empleado del Ayuntamiento, en su condición de tal, quien plantee así las cosas, aunque defenderé siempre el ejercicio de su libertad y además, de su valentía

Anónimo dijo...

Si los funcionario públicos cumplieran lo que el Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007, de 12 abril, en lo referente al Capítulo VI-Deberes de los empleados públicos. Código de conducta; concretamente los artículos 52 y 53 y acudieran a los Tribunales para denunciar lo que les obliga esta Ley y la Constitución, no se darían casos de arbitrariedades ni delitos por parte de los políticos. Pero, claro, haría falta que los jueces también hicieran su trabajo.

Guillermo dijo...

Por completar tu aportación, aún sabiendo que la Ley es siempre interpretable:

Artículo 52. Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta.

Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.

Los principios y reglas establecidos en este Capítulo informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos.

Artículo 53. Principios éticos.

1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.

2. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.

3. Ajustarán su actuación a los principios de lealtad y buena fe con la Administración en la que presten sus servicios, y con sus superiores, compañeros, subordinados y con los ciudadanos.

4. Su conducta se basará en el respeto de los derechos fundamentales y libertades públicas, evitando toda actuación que pueda producir discriminación alguna por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo, orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

5. Se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal, así como de toda actividad privada o interés que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público.

6. No contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto público.

7. No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas.

8. Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización.

9. No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros.

10. Cumplirán con diligencia las tareas que les correspondan o se les encomienden y, en su caso, resolverán dentro de plazo los procedimientos o expedientes de su competencia.

11. Ejercerán sus atribuciones según el principio de dedicación al servicio público absteniéndose no solo de conductas contrarias al mismo, sino también de cualesquiera otras que comprometan la neutralidad en el ejercicio de los servicios públicos.

12. Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo, sin que puedan hacer uso de la información obtenida para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público.

Artículo 54. Principios de conducta.

1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores y a los restantes empleados públicos.

2. El desempeño de las tareas correspondientes a su puesto de trabajo se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos.

3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.

4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismo, el deber de velar por su conservación.

6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.

7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables.

8. Mantendrán actualizada su formación y cualificación.

9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.

10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.

11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.