17/10/09

Por el artículo 433

El artículo 433 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, dice que "la autoridad o funcionario público que destinare a usos ajenos a la función pública los caudales o efectos puestos a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años. Si el culpable no reintegrara el importe de lo distraído dentro de los diez días siguientes al de la incoación del proceso, se le impondrán las penas del artículo anterior". Es decir, en el asunto que nos ocupa, cabe pensar que se trataría de una cantidad que no alcanzaría los 4.000 euros y por ello, "se impondrán las penas de multa superior a dos y hasta cuatro meses, prisión de seis meses a tres años y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de hasta tres años".

En una decisión que no ha merecido demasiada atención, los tres grupos de la oposición local han decidido exigir que se analice, con base en ese artículo referido a la malversación, la posibilidad de continuar desde el Ayuntamiento la persecución por lo penal del empleado municipal que cultivaba marihuana, etc, etc. etc...

Vista la experiencia de nuestra primera institución con la interpretación de las leyes y con los procedimientos ante los tribunales, el resultado de ese análisis es impredecible. Más aún si ya sabemos que el alcalde es partidario de la "segunda oportunidad" y esa opinión supone un condicionante, unido a su conocida determinación de limitar el caso al ámbito administrativo y laboral.

De todas maneras, no me parece que será sencillo concretar en cifras "el importe de lo distraído". ¿Cuánto costó la luz que calentaba las macetas? ¿Los tiestos que serán devueltos, supongo? ¿El compost o la tierra?

Y ya de paso, me pregunto si el fiscal no se había percatado de esa opción al mirar sólo el lado del presunto tráfico de drogas que no fue.

Con todas las dudas que me merece la cuestión, creo que la demanda de la oposición es correcta y necesaria. En alguna ocasión, aciertan con sus planteamientos. Ahora (antes, no) también han acertado con el tono de mesura que un asunto tan delicado requiere en las declaraciones y apreciaciones.

Con esa prudencia, todos estaremos de acuerdo en que los hechos son suficientemente graves de cara a la credibilidad y confianza institucional ante unos oscenses perplejos o cabreados, y al clima interno de la plantilla municipal, para que el Ayuntamiento estudie en profundidad si retoma efectivamente su papel de acusación, aunque ello suponga reconocer que no toda la razón está en uno. ¡Ah, eso sí que es difícil para determinados mandatarios!

1 comentarios:

Guillermo dijo...

Está bien Bejopa. Acepto la publicidad gratis y te publico el comentario off topic porque respeto vuestra iniciativa de revista.